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Comentario periodístico elaborado por: Ana Ruth Peña Gómez, Carlos Javier Molina Bolaños, Cindy Jeannette Borja Hernández y César Isaac Hércules Ramírez.
Introducción
Actualmente existen muchos tratados y convenios internacionales que se encargan de velar por el cumplimiento de los Derechos Humanos, tomando de esta manera fuerza el Derecho Internacional que es el que avala las normas jurídicas y las relaciones entre Estados. Tomamos a consideración la importancia de los convenios que velan y regulan los derechos de las mujeres ya que son estas las que sufren mayores percances en diferentes ámbitos de la vida cotidiana y social.
Comentario Periodístico sobre:
- Convención Interamericana para prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer.
- Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW, siglas en inglés).
De ambas convenciones el sujeto al que se le garantizan los derechos es la mujer. CEDAW es el primer documento que obliga a los Estados o Gobiernos a proteger a la mujer contra la discriminación, entrando en vigor en 1981. Mientras que la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer también conocida como “Convención de Belem do Pará”, entra en vigencia desde 1995 abarcando las regiones de México, América Central, América del Sur, y América Insular.
El Capítulo ll: Derechos Protegidos de la Convención de Belem do Para, en sus Artículos 3 y 4 menciona que: “La mujer tiene derecho a una vida libre de violencia y que toda mujer tiene derecho al reconocimiento, goce, ejercicio y protección de todos los Derechos Humanos”. En comparación con el CEDAW, podemos tomar en cuenta que en su precepto menciona la reafirmación del principio a la no discriminación y afirmación que los seres humanos nacen libres e iguales. Y es así como este Convenio se crea para obligar a los Gobiernos a proteger a las mujeres.
Ambos Convenios velan por la protección de la mujer, ya que estas tienen el derecho a una vida sin violencia, discriminación y el Estado debe asegurar el desarrollo pleno, seguro y fuera de patrones estereotipados por medio de legislaciones, normas penales, civiles y administrativas. El Salvador es un ejemplo de la garantía de estos convenios con la creación de la Ley Especial Integral para una Vida Libre de Violencia para las Mujeres.
Las diferencias de condiciones de la aplicación de las garantías las podemos notar en el hecho de que el CEDAW, se preocupa más por la educación, el empleo de las mujeres, la situación de pobreza, el acceso mínimo a la alimentación, la salud, satisfacción de otras necesidades y la erradicación de la discriminación. Por otra parte, la Convención Interamericana se preocupa por erradicar la violencia contra la mujer, entendiéndose con una conducta o acción que cause muerte, daño o sufrimiento físico, sexual o psicológico ya sea en el ámbito público o privado.
Los convenios que hemos analizado son de mucha importancia porque velan por la protección de los Derechos de las Mujeres. Aunque cada uno de los convenios giran en torno a enfoques diferentes hay algunos aspectos en los que coinciden, el CEDAW se encarga de generar las condiciones necesarias para eliminar la discriminación en contra de las mujeres y la Convención Interamericana se preocupa más por la erradicación de todo tipo de violencia hacia la mujer. La garantía que estos instrumentos dan al Derecho Internacional radica en que están regidos por normas y tratados jurídicos avalados por diferentes regiones o países para el cumplimiento del contenido de cada uno de los instrumentos.
Conclusión
La aplicación de estos convenios en los Estados es de suma importancia para asegurar los derechos de la mujer frente a las sociedades que no rompen sus estereotipos. CEDAW y el Convención Interamericana procuran la protección de la mujer; los Estados involucrados en cualquier de los dos convenios tienen la obligación de hacer velar todas las exigencias, por medio de sus leyes. Los derechos de la mujer deben ser respetadas y valoradas, sin importar cultura, rasgos físicos u otra distinción.
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